Además de las obligaciones que la legislación civil impone a las personas menores hacia sus personas progenitoras, representantes legales o personas acogedoras o guardadoras, y de acuerdo con su edad y madurez, deben asumir y cumplir los deberes, obligaciones y responsabilidades inherentes o consecuentes de la titularidad y el ejercicio de los derechos que les son reconocidos en todos los ámbitos de la vida familiar, escolar y social, de tal modo que dicho cumplimiento respete, sin limitarlo ni impedirlo, el ejercicio y el pleno disfrute de los derechos de las demás personas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.