La Generalitat y las entidades locales podrán establecer instrumentos jurídicos de colaboración entre sí y con otras administraciones, para el ejercicio de las competencias que les atribuye la presente ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.