La Generalitat garantizará y protegerá, dentro de sus competencias, el derecho a la vida de los no nacidos y menores de edad que se encuentren en el territorio de la Comunitat Valenciana cuando exista una situación real de riesgo o amenaza, mediante la adopción de las medidas administrativas que resulten pertinentes o instando las medidas judiciales oportunas, con el fin de garantizar la protección real y efectiva de su vida.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).