Artículo 80. Incompatibilidades de las personas titulares de los órganos de gobierno y administración.
Redacción vigente desde el 30/06/2026
Las personas titulares de los órganos de gobierno y administración de los cabildos insulares están sujetas al régimen de incompatibilidades establecido en la legislación de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).