Para la ejecución de los planes de recuperación, debe crearse una comisión de recuperación, integrada por representantes de la Administración del Estado, la Administración de la Generalidad y la local, con la misión de coordinar las medidas y ayudas que el plan establece para las distintas Administraciones y, a tales efectos, establecer el procedimiento para la solicitud de ayudas y para la materialización de los mismos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).