1. Se crea el centro de asistencia ciudadana, que prestará en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, la asistencia necesaria en aquellas situaciones de emergencia que afecten al normal desarrollo de la seguridad de los ciudadanos y en las que se precise, además de la coordinación de los recursos, asegurar la interoperatividad de los servicios movilizados y la adopción de decisiones estratégicas.
2. El centro de asistencia ciudadana está sometido a criterios de agilidad, eficiencia e inmediatez en todo tipo de actuaciones ante las emergencias.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).