Una vez finalizada la catástrofe o el siniestro que dio lugar a la activación del plan territorial, el director del plan determinará todas aquellas medidas necesarias en orden a asegurar el abastecimiento de alimentos, medicamentos y otros suministros esenciales, así como el alojamiento de las personas afectadas y la asistencia social necesaria.
Asimismo, se constituirá, si fuese necesario, un grupo de intervención destinado a la búsqueda de personas desaparecidas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).