Artículo 18. Sistema de información e indicadores sobre infancia y adolescencia.
Redacción vigente desde el 30/08/2021
1. La Administración de la Junta de Andalucía se dotará de un sistema único de información e indicadores sobre las diferentes esferas de la vida de las niñas, niños y adolescentes que incluirán tanto el impacto en la calidad de vida y desarrollo positivo, como la identificación de necesidades y problemas.
2. Este sistema de indicadores, como instrumento esencial para la planificación y desarrollo de políticas transversales, incorporará la visión específica de las niñas, niños y adolescentes, y tendrá como finalidad la toma de decisiones políticas y estratégicas sobre la infancia y adolescencia.
3. En la definición del sistema de indicadores se tendrá en cuenta la información estadística y cartográfica generada por el Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía. Reglamentariamente se determinará la organización, fuentes de información, gestión y forma de acceso del sistema.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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