Los programas, planes o medidas de prevención en este ámbito atenderán a los siguientes criterios:
a) Desarrollo de estrategias de comunicación en redes sociales y medios habituales utilizados por la juventud y adolescencia.
b) Desarrollo de campañas publicitarias que fomenten la promoción de la salud y el ocio alternativo.
En todo caso, cualquier actuación comunicativa deberá estar dirigida de forma directa, indirecta o complementaria hacia los adultos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE