Artículo 14. Principio de prevención y medidas de prevención.
Redacción vigente desde el 17/03/2021
Será exigible la adopción de medidas de prevención como respuesta a un suceso, a un acto o a una omisión que suponga una amenaza inminente de daño medioambiental, con objeto de impedir su producción o de reducir al máximo dicho daño.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).