Disposición transitoria cuarta. Superintendentes en situación a extinguir.
Redacción vigente desde el 08/08/2023
Los superintendentes existentes con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley permanecerán con dicha denominación con la consideración de situación a extinguir, con respeto de todos sus derechos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).