El Gobierno de Canarias, oído el Consejo Regional de Turismo, podrá establecer la obligatoriedad de realizar cursos de capacitación del personal en las empresas que exploten hoteles o apartamentos de categoría igual o superior a tres estrellas o tres llaves, respectivamente, así como en cualesquiera otros establecimientos alojativos, cuya relevancia en la oferta turística de Canarias o número de trabajadores lo haga aconsejable, para conseguir el mantenimiento de la calidad de servicios adecuada.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).