Disposición transitoria quinta. Horario de apertura y cierre.
Redacción vigente desde el 15/10/2011
Hasta tanto no entre en vigor la normativa que, en desarrollo de la presente ley, regule el régimen de horarios, seguirá siendo de aplicación el Decreto Territorial 193/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueban los horarios de apertura y cierre de determinadas actividades y espectáculos públicos, sometidos a la Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).