Artículo 70. Prescripción de las sanciones disciplinarias en el ámbito docente.
Redacción vigente desde el 24/08/2017
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los seis meses, y las impuestas por faltas leves, a los tres meses.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE