Los establecimientos, locales e instalaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley dispondrán del plazo de un año para adaptarse a los requisitos y condiciones técnicas exigidos en la misma.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE