Disposición final sexta. Reforma de la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación.
Redacción vigente desde el 08/01/2001
1. El apartado segundo del artículo 12 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, quedará redactado en los siguientes términos:
2. El apartado tercero del artículo 12 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, quedará redactado en los siguientes términos:
3. El apartado cuarto del artículo 12 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, quedará redactado en los siguientes términos:
4. Se añade un nuevo párrafo al final del artículo 16 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, en los siguientes términos:
5. Se añade una disposición adicional cuarta a la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, en los siguientes términos:
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.