Las comarcas podrán establecer convenios con los municipios y concejos de su ámbito para la cooperación en cualquier materia de interés común.
Los municipios y concejos que suscriban tales convenios podrán, en su caso, realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la comarca.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.