Disposición adicional cuarta. Responsables del tratamiento de las bases de datos.
Redacción vigente desde el 26/07/2023
Las personas titulares de las Secretarías Generales de la organización central y territorial, como responsables del tratamiento de las bases de datos propias, aplicarán las medidas técnicas y organizativas que garanticen que el tratamiento es conforme a las normas que regulan la protección de datos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE