1. La Diputación es el órgano de gobierno y administración de la Provincia, como entidad local, con carácter de Corporación de Derecho Público.
2. Son órganos necesarios de la Diputación:
a) El Presidente.
b) Los Vicepresidentes.
c) El Pleno.
d) La Comisión de Gobierno.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE