1. Se rendirán cuentas de los Presupuestos especiales de cooperación provincial en la forma establecida para los ordinarios.
2. Las cuentas se elevarán a la Comisión central de Cuentas del Servicio nacional de Inspección y Asesoramiento, para que las examine y falle.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.