Anexo I. 5. Catálogo de señales verticales de circulación, tomo I. 3.6 Señales de obligación. Señal R-406. Calzada obligatoria para camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas.
Redacción vigente desde el 01/07/2025
R-406 Calzada obligatoria para camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas
Obligación para los conductores de toda clase de camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas, independientemente de su masa, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. La inscripción de una cifra de tonelaje sobre la silueta del vehículo o en una placa suplementaria, significa que la obligación solo se aplica cuando la masa máxima autorizada del vehículo o del conjunto de vehículos supere la citada cifra.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).