1. La Diputación es el órgano de gobierno y administración de la Provincia, como entidad local, con carácter de Corporación de Derecho Público.
2. Son órganos necesarios de la Diputación:
a) El Presidente.
b) Los Vicepresidentes.
c) El Pleno.
d) La Comisión de Gobierno.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).