Artículo 35. Criterios de valoración en los procesos selectivos de la Función Pública.
Redacción vigente desde el 07/09/2024
La participación y, en su caso, superación de los cursos de formación básica y continuada impartidos u homologados por el IESPA, podrán ser consideradas como criterio de valoración por las comisiones de selección de candidatos en los procesos selectivos de la Función Pública local conforme al baremo de méritos que establezca la correspondiente convocatoria.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta