1. Para obtener la condición de personal técnico de protección civil municipal se deberá reunir alguno de los dos requisitos siguientes:
a) Estar en posesión de la titulación de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
b) Estar en posesión de título universitario oficial o de técnico superior y tener superada la formación específica que le capacite como personal técnico de protección civil municipal.
2. Los Ayuntamientos podrán establecer el proceso selectivo adecuado para aspirar a estas plazas con arreglo a la normativa aplicable en materia de función pública.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta