1. Cuando una proposición de ley o una enmienda sea contraria a una delegación legislativa en vigor, la Xunta está facultada para oponerse a su tramitación. En este caso podrá presentarse una proposición de ley para la derogación parcial o total de la ley de delegación.
2. La delegación se entenderá agotada con la publicación por la Xunta de la norma correspondiente.
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