Disposición adicional undécima. Modificación del Estatuto de los Trabajadores en materia de permisos retribuidos.
Redacción vigente desde el 10/02/1996
Se añade una letra f) al apartado 3 del artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del siguiente tenor:
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).