El ejercicio de las competencias de las Corporaciones Locales en el mantenimiento de la seguridad pública será prestado directamente por aquellas, no pudiéndose reservar su ejercicio a sistemas de gestión indirecta del servicio.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).