En caso de emergencia, previo requerimiento del municipio afectado, el cuerpo de policía local podrá actuar fuera del ámbito territorial de su propio municipio en los términos establecidos en la Ley de Coordinación de las Policías Locales.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE