Ante una situación de riesgo o emergencia, la autoridad de protección civil competente procederá a la activación de los mecanismos de intervención, de acuerdo con los procedimientos previstos en los planes de emergencias, a los que habrán de ajustar su actuación todas las autoridades y personal vinculados al sistema canario de emergencias.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE