Disposición final octava. Modificación de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Redacción vigente desde el 25/06/2021
La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el primer párrafo y la letra c) del apartado 5 del artículo 2, que quedan redactados como sigue:
Dos. Se modifica el artículo 12, que queda redactado como sigue:
Tres. Se modifica el apartado 1, que queda redactado como sigue, y se suprimen los apartados 4 y 5 del artículo 13:
Cuatro. Se introduce un artículo 14 bis con el siguiente contenido:
Cinco. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 17, que quedan redactados como sigue:
Seis. Se añade un nuevo artículo 17 bis con el siguiente contenido:
Siete. Se modifica el apartado 1 del artículo 20, que queda redactado como sigue:
Ocho. Se añade un artículo 20 ter con el siguiente contenido:
Nueve. Se añade un artículo 20 quater con el siguiente contenido:
Diez. Se añade un nuevo artículo 20 quinquies con el siguiente contenido:
Once. Se añade un nuevo artículo 21 ter con el siguiente contenido:
Doce. Se modifica el artículo 27, que queda redactado como sigue:
Trece. Se modifica el artículo 28, que queda redactado como sigue:
Catorce. Se modifica el artículo 29, que queda redactado como sigue:
Quince. Se modifica el artículo 30, que queda redactado como sigue:
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).