Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, y serán ratificados por las Juntas Locales de Seguridad de las que dependan, para lo cual deberán remitirles copia del acta de cada sesión celebrada.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).