ANEJO 3. Comunicación relativa a la designación de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y de las actividades derivadas de éstos.
Redacción vigente desde el 12/11/2022
1) Cargo que ocupa en la empresa.
2) Denominación de la empresa.
3) Este campo deberá rellenarse cuando la empresa tenga sucursales con actividad de mercancías peligrosas y deberán añadirse tantos campos como sucursales tenga la empresa con actividad.
4) Marque lo que proceda, alta o baja del consejero de seguridad de la empresa y tantas veces como consejeros tenga la empresa.
5) En caso de baja se permite que el documento sólo sea firmado por una de las partes.
6) Se utilizará este apartado cuando la empresa abandone la actividad definitivamente, para los ceses de los centros de trabajo, se utilizará baja por “Cese de operaciones en el domicilio de la actividad implicada”.
7) Se indicará el Director General con competencias en materia de transporte al que se dirija la comunicación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).